- sep 02, 2010 • 19:17h
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Fernando Ravsberg comenta en su blog sobre la contradicción constitucional de la doble nacionalidad en Cuba:
Resulta que la Ley de Leyes -de obligatorio cumplimiento por todos los cubanos- dice que “No se admitirá la doble ciudadanía. En consecuencia, cuando se adquiera una ciudadanía extranjera, se perderá la cubana”.
El artículo parece claro pero la interpretación de las autoridades es sorprendente. Cuando los nacidos en Cuba adquieren otra ciudadanía, los obligan a mantener la cubana al exigirles un pasaporte nacional como condición para entrar o salir de la isla.
Las cosas se han puesto aun más complicadas a partir de la Ley de la Memoria Histórica, aprobada por Madrid, gracias a la cual alrededor de 200 mil cubanos, nietos de españoles, podrán obtener la ciudadanía de la “Madre Patria”.
Si se respeta el espíritu y la letra de la Constitución de la República, todos estos nuevos europeos deberían perder la ciudadanía cubana y abandonar la isla o vivir en ella con los mismos derechos y deberes de cualquier otro extranjero.
Esto tendría evidentes ventajas para ellos, por ejemplo no necesitarían pagar U$150 por una Carta de Invitación para poder salir del país, se les permitiría comprar automóviles legalmente y tendrían acceso a Internet en su domicilio.
Claro que también estarían obligados a pagar la Salud Pública y la Educación, no podrían tener propiedades inmobiliarias (salvo en los nuevos campos de golf) y perderían la posibilidad de ocupar cargos políticos y de gobierno.
Incluso tendrían vetado el acceso al Partido Comunista (PCC) porque en el Artículo 1 de sus estatutos se especifica que los militantes deben ser ciudadanos cubanos, lo que provocaría la separación de miles de personas.
Si entre los miembros del PC cubano se mantiene el porcentaje de nietos de españoles que existe en el resto de la sociedad, la organización política se vería obligada a dejar fuera de sus filas a más de 10 mil militantes.
Lo que digo podría parecer una simple especulación pero he comprobado que en los núcleos se empezó a separar a los miembros que confiesen que ya son españoles o que están tramitando la ciudadanía de sus antepasados.




Y se pone mas interesante cuando se adquiere la ciudadania de un pais que tampoco acepta doble ciudadania pero que en el caso de Cuba hace una excepcion, como es el caso de Mexico.
Bobo de la yuca,
Revise la constitucion y SI dice lo que alega Fernando. O sea, si adquieres otra ciudadania, pierdes la cubana. Se le podra dar la interpretacion que uno quiera, pero de que lo dice, lo dice. Asi que el Ferna esta claro, al igual que el Conde. Una cosa es lo que esta escrito y otra qu se limpien el trasero con ella.
PD,
De “nuestro corresponsal Ravsberg en La Habana” no podemos esperar gran cosa. El se esfuerza, pero pierde el punto de vista:
Primero) La constitucion no piensa en cubano que adquiera otra nacionalidad, sino que se refiere “claramente” a que Cuba no acepta doble nacionalidad del que se haga cubano.
Segundo, y es lo que importa) ?Debemos cuestionarnos los puntos de la constitución o la propia constitucionalidad? En mi opinion no tiene sentido discutir la implementacion (mas o menos erratica de lo que pueda o no estar en la Carta Magna, segun interpretacion), sino la posibilidad de que dos hermanos la muden (con votacion unanime en asamblea trasmitida por la TV). No sé si me expliqué bien: Discutir Cuba basado en sus leyes, sólo sirve para demostrar que a veces se les olvidá cambiar alguna ley.
La constitución no tiene contradicción, sólo que no se cumple, como en otros muchos aspectos.